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El Tribunal Supremo absuelve a Echenique por mostrar su apoyo a una compañera presuntamente violada

En cambio, ratifica la condena, aunque rebaja sustancialmente la indemnización, para otro dirigente de Podemos, Juanma del Olmo, por haber "imputado directamente" la violación a un hombre que fue asesinado por un familiar de Pilar Baeza, excandidata de la formación, en venganza por la presunta agresión, nunca probada por la Justicia.

El portavoz de Unidas Podemos en el Congreso, Pablo Echenique, durante un pleno del Congreso, a 13 de septiembre de 2022.
El portavoz de Unidas Podemos en el Congreso, Pablo Echenique, durante un pleno del Congreso, el 13 de septiembre de 2022. Juanjo Martin / EFE

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha absuelto a Pablo Echenique, al estimar su recurso de casación contra la condena por intromisión ilegítima en el honor del fallecido Manuel López Rodríguez, presunto violador de la exdirigente de Podemos Pilar Baeza, candidata de la lista por Ávila en 2019. Sin embargo, condena, aunque rebajando considerablemente la indemnización --de 80.000 a 10.000 euros--, a otro dirigente de Podemos, Juanma del Olmo por los mismos hechos. 

Echenique dijo en una rueda de prensa el 4 de marzo de 2019: "Respecto
de la pregunta por Ávila, simplemente remarcar que hablamos de hechos que tuvieron lugar hace 35 años, que se refieren a una mujer que fue violada y que ayer, Pablo Fernández, Secretario General y portavoz de Podemos en Castilla y León, explicó la posición del partido a este respecto y es una posición que suscribimos de principio a fin". 

Con estas palabras el portavoz de Podemos en el Congreso mostraba el apoyo del partido a Pilar Baeza, dando por hecho que había sido violada 35 años antes por un hombre --Manuel López-- que posteriormente fue asesinado por un familiar de Baeza con su ayuda. La violación nunca se pudo probar. Baeza fue condenada por colaborar en el crimen. 

Por su parte, Juanma del Olmo, secretario de Comunicación de Podemos, publicó en Twitter: "Abrazo a Pilar Baeza de Podemos Ávila. Hace 35 años fue víctima de una violación. Su novio entonces disparó al hombre que la violó. Ella fue condenada por complicidad y pagó su deuda con la sociedad. El
señalamiento iniciado por Pedro J. es un ataque a los derechos fundamentales". 

El hermano del presunto agresor los denunció y ambos fueron condenados a indemnizarle solidariamente con 80.000 euros por los daños morales causados. La Audiencia de Madrid confirmó la sentencia. Pero ahora el Supremo la corrige. 

La Sala de lo Civil argumenta para absolver a Echenique que sus declaraciones "se formularon oralmente y como respuesta a una pregunta que un periodista le formuló en una rueda de prensa. El Sr. Echenique se limitó a "remarcar que hablamos de hechos que tuvieron lugar hace 35 años, que se refieren a una mujer que fue violada" y a suscribir la declaración que había hecho el portavoz de Podemos en Castilla y León". 

La sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, indica que el portavoz de Podemos en Castilla y León "al referirse a la polémica suscitada por la publicación de la información en el diario digital El Español, había hecho referencia al "hecho terrible de su pasado" y había añadido que la postura de su organización era "clara en cuanto a que esta persona ha cumplido su deuda con la sociedad, regenta un negocio y lleva una vida absolutamente normal y por ello se entiende que ha cumplido su deuda con la sociedad y puede ejercer
libremente sus derechos civiles, algo que aparece recogido en la
Constitución". 

Teniendo en cuenta estas circunstancias, el Supremo concluye que "puede considerarse que las declaraciones del Sr. Echenique han de quedar amparadas por su derecho a la libertad de expresión. La cuestión sobre la que manifestó su opinión era de interés general, por la polémica suscitada con la publicación de la información sobre la candidata de su partido a la alcaldía de Ávila".  

Sin embargo, en el caso de Juanma del Olmo, el Supremo usa otra vara de medir y dice que "se trató de una declaración escrita, destinada a ser publicada en su cuenta de la red social Twitter, como efectivamente lo fue, que pudo por tanto ser realizada con detenimiento y reflexión. Y en ella, el Sr. del Olmo no se limitó a mostrar su solidaridad con su compañera de formación política, sino que imputó directamente al asesinado haber violado a la Sra. Baeza ("[s]u novio entonces disparó al hombre que la violó" se dice literalmente en el tuit)". 

Pero Juanma del Olmo también era dirigente político y diputado y su declaración en Twitter se realizó en el mismo contexto que la de Echenique, es decir, a raíz de un debate generado en los medios de comunicación. 

Sin embargo, para los magistrados, "la ponderación entre la libertad
de expresión del Sr. del Olmo y la memoria del fallecido Sr. López Rodríguez
debe arrojar un resultado diferente", en el sentido de que la "imputación directa al fallecido de haber cometido una violación no estaba justificada por el ejercicio legítimo de la libertad de expresión. La identidad de la persona a la que se hacía esa imputación directa podía ser conocida por los artículos de prensa y programas de televisión que, a partir del artículo publicado en El Español, estaban ocupándose de tales hechos".

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