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El legado de Franco La Justicia absuelve a los periodistas de Mediaset que investigaron la herencia de la familia Franco

La magistrada ha desestimado la demanda interpuesta por los familiares del dictador contra el documental 'La herencia de los Franco', emitido por Cuatro en 2018, considera que se encuentra "amparado por la libertad de expresión e información".

Familiares de Franco, a su llegada al Valle de los Caídos.
Familiares de Franco, a su llegada al Valle de los Caídos. Pool / EUROPA PRESS

Varios periodistas y colaboradores en el programa En el punto de mira de la cadena Cuatro, así como el presidente de Mediaset España, Alejandro Echevarría, han sido absueltos del proceso judicial que comenzó, hace casi dos años, a raíz de la querella interpuesta por la familia del dictador Francisco Franco, que les acusaba, a ellos y a su grupo de comunicación, de un delito de "injurias y calumnias realizadas con publicidad".

La magistrada del juzgado de primera instancia número 43 de Madrid, Carmen Iglesias Pinuaga, ha sentenciado que dicho documental está "amparado por la libertad de expresión e información" y, pese a que considera que el reportaje tiene un tono "parcial y sesgado", no incurre en ningún delito, en contra del criterio de la acusación que llegó a pedir una indemnización por valor de 50.000 euros.

Para los herederos del dictador, el programa de Cuatro –uno de los canales televisivos de Mediaset España– es "de claro contenido difamatorio y de desprestigio", según se recoge en la demanda a la que ha tenido acceso Público, "al recoger afirmaciones propias y de terceros, que en ningún momento se ajustan a la verdad, en contenidos manifiestamente falsos y temerario desprecio a la misma".

En la sentencia, la magistrada sostiene que los periodistas no vulneraron el derecho a la intimidad de los familiares del dictador ya que, en dicho reportaje, no se reveló "ningún dato" referente a su vida personal. La jueza también explica en el fallo que el derecho al honor prevalece únicamente cuando el ataque ofensivo resulta "innecesario". Pero, en este caso concreto, la libertad de expresión se impone debido a que "se emplean expresiones que, aun aisladamente ofensivas, al ser puestas en relación con la información que se pretende comunicar o con la situación política o social en que tiene lugar la crítica, experimentan una disminución de su significación ofensiva y sugieren un aumento del grado de tolerancia exigible, aunque puedan no ser plenamente justificables".

La magistrada ha decidido el archivo de la causa y que ambas partes se hagan cargo de los costes administrativos del proceso judicial.

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