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La Justicia argentina suspende cautelarmente la reforma laboral de Milei

La Cámara Nacional de Apelaciones aceptó la demanda de la CGT, que solicitó que se frenaran los cambios que pretendían desregular la economía.

03/01/23- El presidente de Argentina, Javier Milei, en una foto de archivo después de su ceremonia de juramento, en Buenos Aires, Argentina, el 10 de diciembre de 2023.
El presidente de Argentina, Javier Milei, en una foto de archivo después de su ceremonia de juramento, en Buenos Aires, Argentina, el 10 de diciembre de 2023. Agustin Marcarian / reuters

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de Argentina ha suspendido temporalmente la reforma laboral del decreto de necesidad y urgencia (DNU), firmado por el presidente argentino, Javier Milei, el pasado día 20 para avanzar en una amplia desregulación de la economía.

La reforma laboral de Milei había entrado en vigor el 29 de diciembre, y esa misma semana la Confederación Nacional del Trabajo (CGT), de inspiración peronista, llevó a cabo una movilización contra el decreto y solicitó al Poder Judicial que frenara los cambios laborales que el Gobierno quería imponer.

Así, la Justicia laboral ha tumbado temporalmente "hasta que recaiga sentencia definitiva" el Título IV del DNU, que dicta medidas en el ámbito del empleo. Este incluía aspectos como la ampliación del período de prueba de tres a ocho meses, la facilitación de los despidos de quienes participen en medidas de fuerza y la limitación del derecho a la huelga.

El gran decreto impulsado por Milei incluye unas 300 leyes y con él se busca desregular la economía, aplicar un estado de emergencia pública y económica hasta el 31 de diciembre de 2025, modificar el mercado laboral y los planes de salud, derogar la ley de alquileres y privatizar  empresas públicas, entre otras medidas.

Medidas que amenazan los derechos de los trabajadores

La decisión fue adoptada por los jueces José Alejandro Sudera y Andrea García Vior. Por el contrario, la tercera integrante de la Sala, María Dora González, entendió que el tema debía pasar a la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

En su voto, Sudera argumentó que "no se explica cómo las reformas planteadas, de aplicarse en forma inmediata y por fuera del trámite normal de sanción de las leyes, podrían remediar la situación referida a la generación de empleo formal", haciendo referencia a la justificación de las medidas por el Gobierno de Milei por la "supuesta urgencia de la situación económica-social del país".

Justifica la intervención de la Cámara de Trabajo por los peligros que la puesta en vigencia del DNU suponen para los derechos de los trabajadores y las trabajadoras. Así, el decreto establece "importantes modificaciones de aplicación inmediata en materia de interpretación de las normas, contratación laboral, protección de la trabajadora embarazada y de la maternidad, protección contra el despido arbitrario, ruptura del contrato y sus consecuencias, discriminación y sus consecuencias, conflictos colectivos...", según enumeró el juez.

La Cámara informa de que es una medida provisoria hasta que se discuta la validez del DNU, debate que seguramente ocurra en el fuero de lo Contencioso-Administrativo. Medios argentinos aseguran que, hasta entonces, no hay dudas de que el Gobierno recurrirá la decisión y, de hacerlo, el tema escalará a la Corte Suprema.

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